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Hacer campaña y gobernar no es lo mismo: la lección constitucional detrás del debate sobre la JEP

POR: Andrea Dávila Claro y Marina Wilches Capella

Hacer campaña y gobernar no es lo mismo: la lección constitucional detrás del debate sobre la JEP

Durante la campaña se dijo, con vehemencia, que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) era una farsa y que debía eliminarse. Hoy, ya a pocos días de instalarse el gobierno entrante, la posición ha cambiado: la JEP no se va a acabar. Esa contradicción aparente ha llevado a muchos a preguntarse si se incumplió una promesa electoral. Pero vale la pena detenerse en algo esencial: hacer campaña y gobernar no son lo mismo.
En campaña se pueden plantear reformas profundas, incluso radicales. El discurso político no tiene los límites jurídicos que sí existen una vez se asume el poder. Cuando esas propuestas llegan al ejercicio real del gobierno, deben enfrentarse a la Constitución, a las instituciones y a las obligaciones que el Estado ya ha asumido. Y eso es exactamente lo que ocurre con la JEP.
La JEP no depende de la voluntad del presidente de turno. Hace parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y fue incorporada a la Constitución mediante el Acto Legislativo 01 de 2017. En otras palabras, ningún presidente puede eliminarla por decreto ni por decisión propia. Ganar una elección no significa que se pueda desmontar cualquier institución del Estado: el poder presidencial tiene límites.
Eliminar la JEP requeriría una reforma constitucional, y esa reforma tendría además que superar el control de la Corte Constitucional. La JEP es el componente de justicia del sistema de justicia transicional creado para implementar el Acuerdo Final de Paz, cuyo diseño fue revisado y avalado por la propia Corte, precisamente por su importancia para garantizar los derechos de las víctimas.
Hay un punto adicional que suele pasar desapercibido: el cambio de gobierno no borra los compromisos internacionales que ha adquirido Colombia. Los gobiernos cambian, pero el Estado sigue siendo el mismo frente a la comunidad internacional. El Acuerdo Final fue reconocido como un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común de los Convenios de Ginebra, y Colombia tiene obligaciones internacionales de garantizar verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Por eso no basta con que un nuevo gobierno quiera desmontar el sistema.
Esto no significa que el Gobierno no pueda hacer nada frente a la JEP. Sí puede: proponer reformas legales, participar en la definición de su presupuesto y promover cambios dentro de los límites que establece la Constitución. Lo que no puede hacer es eliminarla simplemente porque cambió el presidente.
Y ahí está, quizás, la gran enseñanza de este debate. Más allá de las posiciones políticas sobre la JEP, este caso demuestra cómo funciona un Estado constitucional: las elecciones cambian los gobiernos, pero no permiten desconocer la Constitución ni borrar, de un día para otro, los compromisos que ha asumido el Estado colombiano. Ese es, precisamente, el sentido del Estado de Derecho. Los gobiernos cambian. La Constitución permanece. Y las obligaciones del Estado, también.

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